PULSE 2022

DIARIO DEL PUERTO PULSE 2022 60 cimiento de una nueva disposición legal para la creación de un estándar para la certificación de las zonas de carga y descarga. Pues bien, el nuevo RDL no crea el estándar. Lo que recoge es que el Ministerio de Transportes elaborará el estándar, sin fijar plazo para dicha elaboración/creación. Según el RDL, el estándar será sometido a informe de las Comunidades Autónomas, del Comité Nacional de Transporte por Carretera, del Consejo Nacional del Transporte Terrestre y de las asociaciones más representativas de cargadores. Los titulares y/o explotadores de las zonas de carga y descarga podrán voluntariamente certificar el cumplimiento de dicho estándar dentro de su sistema de gestión de calidad que tuvieran implantado. 5. Cláusula del combustible. El nuevo real decreto ley cumple con exactitud con los Acuerdos de San Lázaro en materia de la cláusula de revisión de los precios del gasóleo. Ante toda variación del precio del combustible, pasa a ser obligatoria la revisión automática del precio del transporte, de tal forma que el pacto en contrario se considerará nulo. La revisión se activará en el umbral del +/-5%, permitiendo pacto en contrario solo para reducir este umbral. La variación respecto del precio inicialmente pactado se reflejará en la factura de manera desglosada. La fórmula de revisión de precios será siempre la establecida por la Administración en las condiciones generales de contratación. A partir de ahora, además, dicha cláusula de revisión del precio no sólo se referirá al gasóleo, sino que estará en función del coste de todos los distintos combustibles de automoción utilizados en el transporte de mercancías por carretera. Por último, también se cumple con los Acuerdos al establecerse un periodo transitorio de 6 meses para la adaptación de los contratos vigentes a las nuevas condiciones recogidas para la cláusula del combustible. 6. Inspección. En su modificación del artículo 33 de la LOTT, el real decreto ley cumple con el compromiso de los Acuerdos de San Lázaro de reforzar la inspección para la lucha contra la competencia desleal, de tal forma que recoge que “el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá encargar a organismos públicos y a sociedades mercantiles estatales que tengan la condición de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración General del Estado y de sus organismos y entidades de derecho público, la ejecución de actuaciones propias de la Inspección en cuanto a la comprobación del cumplimiento de las condiciones y requisitos de la ordenanza de transporte terrestre”. AMENAZA: ENTRA EN JUEGO PLATAFORMA Tras haber conseguido alcanzar un acuerdo histórico con el CNTC, el Ministerio de Transportes tuvo que enfrentarse a una nueva amenaza de paro indefinido a partir del 14 de marzo, esta vez por iniciativa de Plataforma para para la Defensa del Transporte de Mercancías, organización que ya fue a paro en 2009. La crisis coyuntural vivida desde principios de año y que afecta de manera directa al aumento del precio de los combustibles, propició, entre otras cuestiones, la convocatoria de este nuevo paro que sí llegó a término y puso en jaque durante 20 días a toda la actividad económica del país. De forma paralela y ante el convencimiento de que con quien tenía que negociar era con el CNTC porque es “la organización que representa legítimamente a los transportistas”, el Ministerio de Transportes inició una ronda de negociaciones con el Comité Nacional y las asociaciones que lo conforman con el objetivo de paliar las consecuencias de la crisis derivada de la guerra de Rusia contra Ucrania. En este sentido, Raquel Sánchez envió una carta al presidente del CNTC, Carmelo González, en la cual oficializaba el compromiso por parte del Ministerio de “acelerar la implantación de las CNTC convocó paro patronal durante los días clave de la Campaña de Navidad de 2021.

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