FORMACION 2024

2024 | FORMACIÓN Las normas UNE aumentan la competitividad de las empresas, ya que fijan unas condiciones de acceso al mercado con mecanismos transparentes y justos y ofrece confianza al usuario y protege al consumidor ¿Es suficiente una formación teórico-práctica que cumpla con el R.D. 1215/97 de prevención en el manejo de herramientas y maquinaria? ¿4 horas de formación se consideran suficientes y adecuadas? Para la formación que no está normalizada según una normativa UNE aplicable a la formación, sin especificación de tiempo de duración de la formación y su periodo para posterior actualización, recomiendo que no sea inferior a 6 horas teórico-prácticas y que su actual ización sea también de 5 años no excediendo los 7, puesto que la actualización en materia de PRL avanza y se desarrolla a un ritmo considerable y la aprendido empieza a presentar carencias. En cuanto a las formaciones normalizadas: estas son la apuesta segura que reconoce, sin lugar a duda, la capacitación para el desarrollo de las tareas del operador en el manejo de la maquinaria y sus diferentes apliques. Las normativas formativas más conocidas en prevención y seguridad de manejo de maquinaria son la normativa UNE 58451 de Operador de Carretillas elevadoras y la normativa UNE 58923 de Operador de Plataformas móviles de personal (PEMP). Certificar nuestra formación según las citadas normas UNE, nos aporta la total seguridad de que la formación será “suficiente y adecuada” ante cualquier auditor o técnico que nos solicite la acreditación formativa del manejo de estas máquinas. Ya que en ellas se define el tiempo de duración, tanto teórica como práctica, según las máquinas que queramos capacitar al manejo del operador, su actualización, su nivel de estudio inicial y su tiempo de duración en la actualización fijada en 5 años, los requisitos que debe cumplir el formador, el centro de impartición, etc. Puesto que el nivel de exigencia a conseguir para impartir estas acciones formativas es alto, los técnicos de PRL en los servicios de prevención ajeno, respaldan la formación impartida según UNE 58451 y 58923 y nos reconocen a los centros de formación con su sello de auditoría y aval dando su conformidad con el cumplimiento en materia de Prevención de Riesgos Laborales. En definitiva, en mi opinión, certificar la formación de Prevención según las Normativas UNE, no solamente es una formación “suficiente y adecuada”, sino que es una formación superior en todos los aspectos. Nuestra política, como centro de formación industrial, es la de ofrecer la mejor certificación con la calidad formativa que impulse al desarrollo cultural preventivo, de expansión de imagen y de negocio que se pretende desarrollar a través del cumplimiento de estas normativas, al igual que con las implantaciones de Sistemas de Calidad ISO que han sido desarrolladas para una correcta gestión que de prestigio y seguridad a nuestra actividad.

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